tag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post3513127939850926003..comments2023-07-18T02:15:37.467-07:00Comments on DERECHO DE FAMILIA: EFECTOS DEL MATRIMONIOClaudia Patricia Carmona Ghttp://www.blogger.com/profile/07835287666140434509noreply@blogger.comBlogger42125tag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-41958445027896452432020-02-01T18:22:07.567-08:002020-02-01T18:22:07.567-08:00¡¡¡Estoy tan feliz!!!
El 12 de noviembre de 2019,...¡¡¡Estoy tan feliz!!!<br /><br />El 12 de noviembre de 2019, recibí una carta de divorcio de mi esposa debido a mi infidelidad en nuestro matrimonio durante los últimos 6 meses. Viví en la desesperación y la confusión durante 2 semanas, hasta que Alejandro Martínez me presentó a Lord Zakuza después de explicarle mi situación. Lord Zakuza me hizo comprender que cuando hay vida hay esperanza y mi esperanza de recuperar a mi esposa volvió a la vida. Lord Zakuza me preparó un poderoso hechizo de amor después de que me puse en contacto con él. Y en 24 horas, mi esposa regresó a casa rogándome que la aceptara y recibí una llamada de mi abogado para informarme que mi esposa había retirado el caso de divorcio. Me sorprendió y no podía creerlo. ¿No es eso un milagro? Ayúdenme a agradecer a Lord Zakuza por su tremenda ayuda y para aquellos que necesitan ayuda no deben dudar en ponerse en contacto con Lord Zakuza a través de WhatsApp al +17405739483 porque él resolverá el problema por usted.Alvaro Mac Verveldehttps://www.blogger.com/profile/06134839420734628750noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-68529677161089554412018-06-03T14:22:48.875-07:002018-06-03T14:22:48.875-07:00El gran avance vino cuando alguien me presentó a e...El gran avance vino cuando alguien me presentó a este maravilloso y gran hechicero que finalmente me ayudó ... Nunca he sido un fanático de este tipo de cosas, pero decidí probarlo de mala gana porque estaba desesperado y no me quedaba nada. opción ... hizo oraciones especiales y artículos usados ... En 24 horas me llamó y lamentó todo el trauma emocional que me había costado, se mudó a la casa y seguimos viviendo felices. qué milagro maravilloso Dr.Yakaya hizo por mí y mi familia. Presenté muchas parejas con problemas en todo el mundo y he tenido buenas noticias ... Creo firmemente que alguien necesita su ayuda para enviar un correo electrónico a YAKAYATEMPLE@GMAIL.COMPregnancyhttps://www.blogger.com/profile/17180668460834776847noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-60963781848948174672017-05-17T18:31:29.216-07:002017-05-17T18:31:29.216-07:00hola...es causal de divorcio la falta de relacione...hola...es causal de divorcio la falta de relaciones sexuales por mas de 5 meses, como se puede probar que la inexistencia de esta actividad es verídicasamtohttps://www.blogger.com/profile/00738447043583330413noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-43141546071777761442017-05-17T07:48:05.388-07:002017-05-17T07:48:05.388-07:00eso serían los efectos del matrimonio y las consec...eso serían los efectos del matrimonio y las consecuencias cuales serían.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/10135407051492006489noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-42022028664878159532017-05-17T07:46:51.778-07:002017-05-17T07:46:51.778-07:00Estimado, mil disculpas la molestia y cuales sería...Estimado, mil disculpas la molestia y cuales serían los efectos del matrimonio eso es lo que no ,me queda claroAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/10135407051492006489noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-46725389768600359182017-05-17T07:46:50.978-07:002017-05-17T07:46:50.978-07:00Estimado, mil disculpas la molestia y cuales sería...Estimado, mil disculpas la molestia y cuales serían los efectos del matrimonio eso es lo que no ,me queda claroAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/10135407051492006489noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-34986854245896539912016-10-08T18:10:49.652-07:002016-10-08T18:10:49.652-07:00tengo una inquietud, confío en que alguien part...tengo una inquietud, confío en que alguien participe de este blog me aporte a este interrogante. se puede considerar inconstitucional el artículo 178 del Código Civil por cuanto la expresión SALVO CAUSA JUSTIFICADA permite una vulneración flagrante de la familia como Institución y núcleo fundamental de la sociedad por cuanto el deber de vivir juntos consagra implícitamente el deber de guardarse fe, socorrerse y ayudarse mutuamente y la expresión “causa justificada” constituye una indeterminación inadmisible en el ordenamiento jurídico.GABYhttps://www.blogger.com/profile/10531032160491589603noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-64680579545132307372016-05-22T18:30:45.881-07:002016-05-22T18:30:45.881-07:00mira, pues agregaría los que están contemplados en...mira, pues agregaría los que están contemplados en la sentencia c - 448 del 2015, una de las sentencias mas resientes de la corte constitucional sobre el tema, y se puede denotar una muy buena comparación de los efectos establecidos en la legislacion, con los principios de la familia, consagrados en el articulo 42 de la misma carta. david forerochttps://www.blogger.com/profile/05719994847232281301noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-9571429016825401252016-04-04T05:00:59.930-07:002016-04-04T05:00:59.930-07:00Hola quisiera saber si en dichas capitulaciones se...Hola quisiera saber si en dichas capitulaciones se puede establecer la perdida de gananciales como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones matrimoniales<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/04598404943001432102noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-16330549797608056992013-05-03T16:00:24.635-07:002013-05-03T16:00:24.635-07:00El matrimonio conlleva unos efectos tanto personal...El matrimonio conlleva unos efectos tanto personales, entre los cónyuges, y efectos patrimoniales que tienen que ver con la sociedad conyugal, respecto a las obligaciones y derechos entre los cónyuges, se tiene que la comunidad de vida es uno de los elementos primordiales de la razón de ser del matrimonio, de allí que su preservación importen al orden público y los deberes consagrados en la norma sean de estricto cumplimiento por los conyuges, por lo que no pueden renunciarse, modificarse ni sustituirse. No obstante, esa obligación de vivir juntos puede recurrirse en caso de que exista un motivo legalmente justificable o por mutuo acuerdo de las partes.<br />En conclusión, con el matrimonio se contraen unos deberes de obligatorio cumplimiento, como la ayuda mutua, la cohabitación y la fidelidad, de las cuales se debe velar por su protección toda vez que produce efectos jurídicos entre las partes y que pueden ir ligadas con el patrimonio de los contrayentes.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/01035171237842103298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-82536749249492899832013-05-01T08:01:43.266-07:002013-05-01T08:01:43.266-07:00 Efectos del matrimonio en cuanto a las personas d... Efectos del matrimonio en cuanto a las personas de los hijos. <br />Obligación de mantener y educar a los hijos. Los hijos que nacen de un matrimonio son de filiación legítima. Ambos padres tienen la obligación de alimentarlos. Según nuestra ley, son “alimentos”, no solo la comida, sino también vestimenta, calzado, gastos de educación, salud, recreación. Es decir, lo que necesita el hijo para desarrollarse como ser humano.<br />Los padres también deben proporcionarles una educación a sus hijos. La educación primaria es obligatoria. También es obligatorio el primer ciclo de la enseñanza secundaria. Con respecto al segundo ciclo o a una enseñanza de nivel terciario, los padres no están obligados por ley y proporcionarán una educación de acuerdo a sus posibilidades.<br /> Ambos padres ejercen la Patria Potestad sobre sus hijos. La Patria Potestad es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad. Dentro de dichos derechos y deberes están: alimentar, educar, administrar los bienes de los hijos (salvo los bienes adquiridos por medio del trabajo del hijo), derecho a elegir el tipo de educación para los hijos, etc. Un atributo de la Patria Potestad es la “Guarda material o Tenencia”, que consiste en el derecho de los padres a vivir con los hijos para dar cumplimiento a sus obligaciones<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/00253652891613598343noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-63019351159400216832013-04-30T13:14:57.003-07:002013-04-30T13:14:57.003-07:00Con el matrimonio surgen una serie de derechos y d...Con el matrimonio surgen una serie de derechos y deberes entre los cónyuges, como son el deber de respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. El marido y la mujer van a ser iguales en derechos y deberes.<br /><br />Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Igualmente esta unión tiene efectos económicos independientemente del régimen económico elegido por las partes, los bienes de los cónyuges están sujetos a satisfacer . Cualquiera de los cónyuges podrá realizar los actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/16635756601820439809noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-80848947039742393082013-04-26T18:17:18.925-07:002013-04-26T18:17:18.925-07:00El matrimonio produce una serie de efectos jurídic...El matrimonio produce una serie de efectos jurídicos entre los cónyuges y frente a terceras personas, de los cuales los fundamentales son los deberes u obligaciones conyugales, el parentesco, la adquisición de derechos sucesorales entre los cónyuges y el régimen económico del matrimonioNORKZIA LIZETHhttps://www.blogger.com/profile/01907390496179549133noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-37768280470347825612013-04-05T21:54:09.938-07:002013-04-05T21:54:09.938-07:00Son fines del matrimonio la convivencia con la imp...Son fines del matrimonio la convivencia con la implícita actividad sexual y excluyente entre los miembros de la pareja, la reproducción y crianza de los hijos y el auxilio mutuo. Estos fines se reflejan en los deberes y obligaciones de los contrayentes, y aunque siguen siendo la razón de ser de que exista la institución matrimonial con el reconocimiento y apoyo estatal, ya no tienen la incidencia que pudieron tener anteriormente y que hacían que el matrimonio contraído por quienes no pudieran o no quisieran cumplirlos pudiera perder su sustento jurídico. Tampoco diferenciamos, como lo hacía el Derecho canónico, entre los fines esenciales y no esenciales del matrimonio.patricia tamayohttps://www.blogger.com/profile/10916283610006586990noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-58425347264578723422013-04-05T21:21:24.107-07:002013-04-05T21:21:24.107-07:00Los efectos legales que determina el matrimonio, p...Los efectos legales que determina el matrimonio, puede dividirse en:<br /> efectos personales (entre cónyuges son los deberes y derechos conyugales; y respecto de los hijos la Patria Potestad)<br /> y efectos patrimoniales (régimen patrimonial).<br /><br />carlos alberto torres bedoyahttps://www.blogger.com/profile/02186609172200748041noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-57027703526032390762013-04-05T20:57:23.831-07:002013-04-05T20:57:23.831-07:00El carácter institucional de la familia y la prote...El carácter institucional de la familia y la protección que, en razón de él, se le dispensa tienen manifestación adicional en la regulación que el Constituyente confió de manera primordial a la ley, encargada, por ejemplo, de desarrollar lo concerniente a la primogenitura responsable y, en lo atinente al matrimonio, de establecer sus formas, la edad y capacidad para contraerlo, los deberes y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, puesto que “aun cuando el texto superior le confiere plena libertad a las personas para consentir en la formación de la familia, no por ello deja a su total arbitrio la consolidación de la misma, pues en todo caso somete su constitución a determinadas condiciones, a fin de otorgarle reconocimiento, validez y oponibilidad a la unión familiar”.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/06850081447833781023noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-60153594279332763332013-04-05T17:37:27.719-07:002013-04-05T17:37:27.719-07:00En nuestros dias los efectos del matrimonio son ma...En nuestros dias los efectos del matrimonio son mas morales, ya que lo patrimonial se sujeta a muchas condiciones, con el continuo cambio de la legislacioncarlos alberto torres bedoyahttps://www.blogger.com/profile/02186609172200748041noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-59410134147662533972013-04-05T15:02:02.304-07:002013-04-05T15:02:02.304-07:00El matrimonio es una institución social que crea u...El matrimonio es una institución social que crea un vínculo conyugales entre los que lo contraen, Este lazo es reconocido socialmente por nuestro ordenamiento jurídico.<br />También hay que tener en cuenta la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, en este caso hay que respetar lo establecido en las normas de nuestra Nación en los casos generales, solo en algunos aspectos hay que indagar un poco más sobre las costumbres y autonomía de los pueblos indígenas ya que el matrimonio, contiene en cada sociedad unos cambios, dependiendo de sus costumbres y creencias.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/01035171237842103298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-69292234060121935212013-04-05T14:44:22.796-07:002013-04-05T14:44:22.796-07:00El matrimonio es un de las formas de estado civil ...El matrimonio es un de las formas de estado civil es la situación de las personas físicas determinada por sus relaciones de familia, provenientes de la unión entre un hombre y una mujer, la cual establece ciertos derechos y deberes entre los contrayentes, como la ayuda mutua entre otros.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/01035171237842103298noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-32623746563344088572013-04-03T21:31:18.771-07:002013-04-03T21:31:18.771-07:00El matrimonio conlleva una serie de obligaciones, ...El matrimonio conlleva una serie de obligaciones, los cuales debe tener muy presente la pareja al momento de contraer, responsabilidades de toda índole, en el nivel económico, social, familar, moral, y por lo tanto no se puede uno sustraer del cumplimiento de dichas obligaciones, esto es un concepto ético, el cual sino se desdibuja ayudará a mantener un orden público en todo el Estado.<br /><br />GUILLERMO GALVIS TREJOSAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/13545591983244834902noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-48615358121886203062013-04-03T07:32:45.424-07:002013-04-03T07:32:45.424-07:00¿Qué diferencias hay entre el régimen de separació...¿Qué diferencias hay entre el régimen de separación de bienes o sociedad de gananciales?<br />Si se opta por sociedad de gananciales se hacen comunes para el marido y la mujer las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidas por mitad al disolverse aquélla.<br />Si se opta por régimen de separación de bienes cada cónyuge será propietario de los bienes que tuviese en el momento inicial del matrimonio y los que después adquiera por cualquier título. Cada uno administrará y disfrutará de sus bienes libremente. Las obligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.<br />Existe otro régimen económico denominado régimen de participación por el cual cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/00253652891613598343noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-88419913151778951482013-04-03T07:27:29.279-07:002013-04-03T07:27:29.279-07:00Con el matrimonio surgen una serie de derechos y d...Con el matrimonio surgen una serie de derechos y deberes entre los cónyuges, como son el deber de respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. El marido y la mujer van a ser iguales en derechos y deberes. <br />Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Igualmente esta unión tiene efectos económicos independientemente del régimen económico elegido por las partes, los bienes de los cónyuges están sujetos a satisfacer. Cualquiera de los cónyuges podrá realizar los actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/00253652891613598343noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-39171598837976586572013-03-20T17:17:37.685-07:002013-03-20T17:17:37.685-07:00efecto civil en matrimonio católico.
En reciente ...efecto civil en matrimonio católico.<br /><br />En reciente providencia de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, se ha revocado la decisión por la cual un Juez de Familia rechazó de plano una demanda de "divorcio del matrimonio católico" ante su despacho presentada, aduciendo falta de competencia. En el auto del Tribunal se sostiene que la Ley 1a. de 1976 "debe aplicarse a todo matrimonio", y que las causales para decretar la cesación de los efectos civiles del matrimonio católico son las consagradas en el artículo 154 del Código Civil, reformado por el artículo 4o. de la citada Ley. Ante tan sorprendentes afirmaciones, el Presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia se permite declarar:<br /><br />1. No hay actualmente ley civil alguna que regule en Colombia la cesación de los efectos civiles del matrimonio canónico en virtud de divorcio. El artículo 42 de la Constitución carece en esta materia de desarrollo legal, y los jueces del Estado son hoy incompetentes para conocer de "procesos de divorcio" de los matrimonios celebrados con arreglo a las normas del derecho canónico. La Constitución ha deferido en el legislador la competencia para señalar cuándo y cómo se harán cesar los efectos civiles de todo matrimonio.<br /><br />2. La competencia exclusiva de las autoridades de la Iglesia sobre las causas matrimoniales distintas a las de separación de cuerpos de los matrimonio canónicos, fue reconocida y aceptada por el Estado Colombiano en un Tratado Internacional que obliga a las partes y deber ser cumplido de buena fe. La propia Constitución declara que las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en el reconoci¬miento de los principios del Derecho Internacional aceptados por Colombia, uno de los cuales ha sido, tradicionalmente, el recogido en la fórmula pacta sunt servanda. De dictarse hoy por tribunales del Estado, sin una previa reforma concordataria, sentencias de cesación de los efectos civiles del matrimonio canónico, se estarían descono¬ciendo derechos reconocidos solemnemente a la Iglesia por una norma del ordenamiento internacional.<br /><br />3. La Ley 1a. de 1976 se refiere, exclusivamente, al divorcio de los matrimonios civiles. No puede, en consecuencia, invocarse dicha ley para hacer cesar los efectos civiles del matrimonio canónico.<br />4. La providencia a que se refiere esta declaración, lo mismo que otras de similar orientación dictadas en las últimas semanas, deben dar lugar a que la autoridad competente investigue si los autores de esas decisiones judiciales, adoptadas con violación del Concordato vigente, han incurrido en un hecho punible al proferir resoluciones manifiestamente contrarias a la ley.<br /><br />5. Las lamentables providencias que han dado origen a esta declaración, demuestran cuanta razón tenía el Episcopado Colombiano cuando en carta del 24 de mayo de este año manifestó: "La Iglesia deplora que se haya querido, como es de público conocimiento, propiciar una revisión del Pacto Concordatario acudiendo a la táctica de plantear el sentido y el alcance de las enmiendas en el nuevo texto constitu-cional".<br /><br />6. Finalmente, se reitera que al celebrar el matrimonio canónico los cónyuges han asumido el compromiso de ajustarse a las normas que lo regulan y de respetar sus propiedades esenciales. Quienes han contraído matrimonio católico tienen el grave deber de no valerse de las leyes civiles para atentar contra la indisolubilidad del vínculo matrimonial.<br /><br /><br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07051719873292329075noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-16805013880624777272013-03-18T14:12:19.464-07:002013-03-18T14:12:19.464-07:00es interesante lo complejo del matrimonio el cual ...es interesante lo complejo del matrimonio el cual produce amplias trascendencias en el campo social, personal y patrimonial, regulados por el código civil. En cuanto a la parte sociales están relacionados con la legalidad de la relación de pareja, la paternidad y maternidad y el estado civil de los casados; los efectos personales con los derechos y deberes entre cónyuges, y los patrimoniales con los efectos materiales e inmateriales de contenido económico que sirven para el sostenimiento de la familia.wilton garciahttps://www.blogger.com/profile/05501764848701250658noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3884674739001700332.post-81506456877720739802013-03-14T05:15:24.517-07:002013-03-14T05:15:24.517-07:00Política - Senado
El Segundo vicepresidente del ...Política - Senado <br />El Segundo vicepresidente del Senado Édgar Espíndola Niño se mostró sorprendido con la decisión de la Corte Constitucional, toda vez que según él es precisamente la encargada de velar por la custodia de la Carta Magna de los colombianos.<br /> <br />“Es de recordar que el Congreso de la República fue elegido por los colombianos para que los represente haciendo las leyes, ejerciendo control político y modificar la Constitución Nacional de ser necesario, pero vemos con preocupación cómo la Honorable Corte Constitucional está legislando por la vía de la interpretación” sostuvo el legislador.<br /> <br />Artículo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.<br /> <br /> “La Corte Constitucional debe tener en cuenta al momento de emitir sus fallos, el sentir del constituyente primario al momento de la elaboración del artículo 42, en este caso, el cual está inmerso en la exposición de motivos de la Asamblea Nacional Constituyente que reposa en las gacetas del Congreso” concluyó el senador Édgar Espíndola Niño.<br /> <br />Fuente: Senador Édgar Espíndola Niño - @RevistaGobierno<br /> <br />Marzo 13/2013<br /> <br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17924847205511409721noreply@blogger.com