martes, 16 de agosto de 2011

EL CORRETAJE MATRIMONIAL

Es lo que se conoce como agencia matrimonial. Según la doctrina de algunos autores, la define como: "el acuerdo de voluntades mediante la cual una persona natural o jurídica, se obliga para con otra a proporcionarle un posible esposo o esposa, mediante el pago de una comisión precio".
Esta figura no ha sido reglamentada en nuestro país, por lo tanto, no tiene vida jurídica.

¿Será lícito el corretaje? para algunos legisladores como Ripert y Messineo, la actividad del corredor matrimonial movida por la finalidad de ganancia envilece el matrimonio y se lo convierte en un negocio, va contra el principio de las buenas costumbres.
Nuestros autores, opinan que si de las obligaciones derivadas de ese acuerdo de voluntades, no se desprende presión en la libre voluntad de las personas para prestar un futuro consentimiento y este se presta sin vicios, el contrato es válido.


16 comentarios:

  1. Estoy completamente de acuerdo con la postura nativa pues si la voluntad esta libre de vicios, presión sicologica, extorsión o violencia física, los acuerdos de voluntades son manifestaciones respetables de cada ser humano en ejercicio de sus derechos jurídicos.
    feliz noche.
    Carlos Andres Perez M.

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  2. El corretaje matrimonial es la actividad desarrollada por aquellas personas que se dedican al acercamiento de quienes desean casarse. Aquí debe distinguirse al corretaje de la simple mediación.

    El corretaje es un contrato por el cual una de las partes (corredor o intermediario), se obliga a prestar una actividad que tiene como fin influir en la celebración de matrimonio entre aquellos que persiguen ese propósito, y la otra parte que contrata, de satisfacer una remuneración llamada comisión, siempre que se realice el matrimonio.
    El corretaje matrimonial ya es muy comun entre la sociedad, vemos como las persona acuden con mas frecuencia a este tipo de " Contrato"
    Katherine z.
    v Semestre
    Gracias

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  3. agencia matrimonial se trata de una persona natural o jurídica quien sirviendo de mediador relaciona a dos personas de sexo opuesto con el fin de matrimoniarse mediante el pago de un estipendio.
    Corretaje es un contrato por el cual un intermediario relaciona a dos o mas personas para la realización de un acto y cobra siempre que el acto se celebre.

    No se puede confundir este con la agencia matrimonial puesto que la realización del matrimonio no puede tener como causa el pago de dinero.

    El acto que se celebra por las agencias matrimoniales no es de corretaje sino de intermediación, pues su labor se reduce a relacionar dos personas con fines matrimoniales por cuya actividad cobran unos derechos sin importar que se celebre o no el matrimonio.

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  4. 3. El corretaje matrimonial opera como una institución cuyo objetivo es unir a dos personas, en matrimonio. comparto completamente el concepto de Ripert “el corretaje atenta contra las buenas costumbre y se convierte en un negocio por eso es ilegal”, comparto esta expresión ya que muchas veces la personas pueden llegar a desesperarse y no pensar bien con tal de tener una pareja, ya sea por presión, capricho, problema psicológico, en donde se pueden llagar a aprovechar de esto para hacer que se case con alguien que no conoce, no le conviene y la agencia matrimonial simplemente le hace la perspectiva que la persona quiere en una fantasía por obtener su comisión.

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  5. Buenas Noches…

    El corretaje matrimonial es la actividad desarrollada por aquellas personas que se dedican al acercamiento de quienes desean casarse. Aquí debe distinguirse al corretaje de la simple mediación. El corretaje es un contrato por el cual una de las partes (corredor o intermediario), se obliga a prestar una actividad que tiene como fin influir en la celebración de matrimonio entre aquellos que persiguen ese propósito, y la otra parte que contrata, de satisfacer una remuneración llamada comisión, siempre que se realice el matrimonio. Mediación, es el mero acercamiento de personas que desean casarse. Allí termina la actividad del mediador, sin que sea necesaria la celebración del matrimonio.

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  6. Desde mi optica y punto de vista el corretage Matrimonial es algo, bien visto ya que le permite a una persona, de acuerdo a la informacion suministrada al corredor matrimonial ubicarle a un compañero o compañera de acuedo al caso y con las caracteristicas, planteadas de donde parte la falencia de la informacion, no acorde con la realidad suministrada por quienes hacen usos de tales corredores Matrimoniales.
    Pero sobre las demas bases es algo licito, ya que como bien lo sabemos el matrimonio su constituye en una sociedad y en la gran mayoria de veces en dos, la conyugal y la patrominial.
    entonces porque no buscar socios confiables por medio d ecorredores matrimoniales.

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  7. En pleno siglo XXI todo es posible las empresas de corretaje matrimonial las hicieron por la necesidad que tienen las personas de conocer otras por intermedio de agencias y en su defecto realizar contratos de sociedad conyugal para algunos así poder salir del pais, es licito esta realizado por personas mayores de edad, así no este reconocido por nuestras leyes colombianas, si fuera ilicito serian sancionados tanto los dueños de las empresas como quienes las utilizan. estamos en una sociedad moderna donde para muchos es mas importante lo economico y social.

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  8. Esta modalidad, no me parece que sea ilegal, pues dicho contrato es el voluntario.
    Y le facilita a laguna personas con dificultad para establecer relaciones.

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  9. Aunque la actitud de conformar pareja sea una conducta humana de individuos de distinto sexo que atraídos por afectos y deseos tienden a unirse con un ánimo de permanencia y exclusividad, la figura del matrimonio no se puede entender como la simple consagración jurídica de requisitos para el reconocimiento y prueba de un acuerdo de voluntades entre dos personas naturales. Se trata de una verdadera estructura de creación intelectual con el propósito de encaminar las actuaciones humanas en la dirección que lo desea la sociedad, imponiendo una serie de condicionamientos y efectos que superan las motivaciones naturales y la institución contractual propiamente dicha.

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  10. El corretaje matrimonial es por su naturaleza: remunerado,el corredor una vez que se haya celebrado el negocio como consecuencia de su intervención tendrá derecho a exigir su pago. Si el negocio no se efectúa no hay pago.
    La obligación del corredor solo se limita a conseguir personas interesadas en conocer a otras que tengan fines recíprocos tendientes a la celebración del matrimonio y relacionarlos. Lo que suceda a partir del encuentro no es responsabilidad del corredor.

    El corredor no es agente o representante legal de quien lo contrato, sino simple intermediario entre el contratante y la persona o personas conseguidas y presentadas por aquel.

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  11. Aunque no sea ilegal, me parece que siendo el matrimonio donde comienza la familia, esta debe fundarse en valores y principios, y en mi parecer el corretaje es convertir la institución del matrimonio en un negocio, con utilidades para un terceroAunque no sea ilegal, me parece

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  12. en Colombia no esta reglamentado el corretaje matrimonial, pero si es visto que existen agencias de viajes que tieneN comO finalidad proporcionar esposo y esposa a los interesados, para mi concepto es muy arriesgado como se ha visto en algunas noticias donde la gente por querer salir del pais y buscar un futuro, pasan trágicas vivencias...

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  13. para responder a la pregunta que se nos hace respecto a ¿Será lícito el Corretaje? En mi humilde opinión pienso que es lícito, y vemos que es el sistema que estan utilizando muchas personas, que conocen a otros por internet, chatean, y si desean algo serio, vienen y empiezan una nueva vida en pareja, aunque habra sus inconvenientes como en toda relación, pues si no han sido sinceros, se llevaran su gran desilución.

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  14. El corretaje matrimonial desde lo licito es la manera que una persona busca con el fin de conseguir un vinculo afectivo por medio de un tercero, debido a dificultades para la socialización, el temor al rechazo, o las dificultades en la interacción es un mecanismo que si se utiliza con un fin consiente donde se busca un objetivo que no obliga a un tercero y termina por un mutuo acuerdo de los que busca este servicio no es ilicito.
    Pero si se convierte en un pequeño trafico de personas donde se persuade, se manipula y se cobra altos cobros se podria evaluar el concepto.
    Creo que es según las personas que presten el servicio y el interes real de quien lo ofrece.

    Algunos aportes historicos.

    En el Derecho francés se admitió hasta que el Tribunal de Casación de 1855 negó el derecho de reclamar retribución al corredor en caso de celebrarse el matrimonio, pues consideró que la obligación estaba fundada en una causa ilícita que era la limitación a la libertad del consentimiento.

    Derecho italiano: La jurisprudencia italiana distingue entre el derecho de retribución sujeto a que el matrimonio se celebre (lo cual considera ilícito) y el derivado de la simple aproximación, lo cual es válido, independientemente a la celebración del matrimonio.

    Derecho argentino: La doctrina se encuentra dividida en:

    a) Salvat, Spota y Borda consideran que no debe ejercerse ninguna acción sobre la base de salvaguardar la libertad en el consentimiento matrimonial.

    b) Colombo, Anastasi consideran que el matrimonio es válido si no existiesen presiones del intermediador y eso facilitase el conocimiento de personas.

    Belluscio: Se muestra contrario a la validez de estos contratos, estableciendo su nulidad absoluta, sean ejercidos por profesionales o no, ya que los considera contrarios a las buenas costumbres y a la moral. Pero ello no significa que si se hubiese voluntariamente pagado, pueda repetirse, ya que habría torpeza en ambas partes.

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  15. En Europa, a fin de evitar la incidencia de la actividad lucrativa, en lugar de agencias matrimoniales se forman asociaciones de afiliados que abonan cuotas, nombran gerentes y empleados y se desenvuelven como una cooperativa de gestión matrimonial.

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  16. En respuesta a su pregunta y aludiendo a las posturas mas aceptadas en Colombia, refiero que el corretaje es una actividad licita y el contrato es valido en la medida que la labor de los corredores esté orientada a crear las condiciones que favorezcan el encuentro entre personas que tienen como proyecto establecer un vinculo matrimonial.

    De presentarse que el corredor oriente su actividad hacia el objetivo exclusivo de propiciar el matrimonio entre sus clientes, es claro que tal situación afecta el libre y mutuo consentimiento, elemento indispensable para la constitución y el perfeccionamiento del matrimonio (art 115 c.c.); en tal caso su actividad será ilícita.

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